jueves, 3 de mayo de 2018

憲法記念日(Kempou kinen-bi) El día de la Constitución Japonesa

Ya estamos inmersos en la Golden Week (Semana Dorada) en Japón, seria como su semana santa en España, pero solo se diferencia en que es época de vacaciones y disfrute de los japoneses, ya que hay muchos matsuris, días festivos, y celebraciones y como no, extranjeros visitando el país nipon en estas fechas.

Aunque muchos japoneses en esta época cogen sus coches y trenes y se van de la grandes ciudades al campo para descansar fuera del mundanal ruido.

Pero lo que realmente celebran son varios días festivos que se agrupan en una larga semana de festividad y hoy es especial porque se celebra el día de la constitución Japonesa, que ahora podréis leer en que consiste:


La Constitución de Japón (Shinjitaito: 日本国憲法 Kyūjitai: 日本國憲法 'Nihon-Koku Kenpō') es el documento legal fundador del Estado de Japón (Japón desde 1945).
La constitución proporciona un sistema parlamentario de gobierno y garantías de ciertos derechos fundamentales. En este marco, el Emperador de Japón es "el símbolo del Estado y de la unidad de la nación" y tiene un rol puramente ceremonial, sin tener ninguna soberanía. A diferencia de otros monarcas, no es el jefe de estado, aunque reciba el tratamiento como si lo fuese.
La constitución, también denominada la Constitución de la Paz (平和憲法, Heiwa-Kenpō) o la Constitución Posguerra (戦後憲法, Sengo-Kenpō) es famosa por la renuncia del derecho a la guerra que figura en el artículo 9 y, en menor medida, por la disposición de jure de la soberanía popular en relación con la monarquía.
La constitución fue redactada por un equipo de unos veinte estadounidenses durante la ocupación aliada que siguió a la Segunda Guerra Mundial, en una misión que se mantuvo en secreto hasta los años 1970. Se pretendía que reemplazase el sistema de la monarquía absoluta militarista por una forma de democracia liberal. Actualmente, es un documento rígido y no se ha hecho ninguna enmienda desde su adopción.


La Constitución tiene una longitud de aproximadamente 5.000 palabras. Consiste de un preámbulo y de 103 artículos agrupados en once capítulos, que son los siguientes:
  • I. El Emperador (1–8)
  • II. Renuncia a la Guerra (9)
  • III. Derechos y deberes del Pueblo (10–40)
  • IV. La Dieta (41–64)
  • V. El Gabinete (65–75)
  • VI. El Poder Judicial (76–82)
  • VII. Finanzas (83–91)
  • VIII. Autonomías locales (92–95)
  • IX. Enmiendas (96)
  • X. Ley Suprema (97–99)
  • XI. Disposiciones adicionales (100–103)

"Los derechos y deberes del pueblo" son una figura prominente en la constitución de la posguerra. En total, treinta y uno de sus 103 artículos están dedicados a describir en gran detalle, lo que refleja el compromiso de "respeto a los derechos humanos fundamentales" de la Declaración de Potsdam. Aunque la Constitución Meijitenía una sección dedicada a los "derechos y deberes de los súbditos", que garantizaba "la libertad de expresión, escritura, publicaciones, reuniones públicas, y asociaciones", estos derechos fueron concedidos "dentro de los límites de la ley". Así, la libertad de creencia religiosa fue permitida "en la medida en que no interfiera con los deberes de los súbditos" (todos los japoneses estaban obligados a reconocer la divinidad del Emperador, y los que se negaron a hacerlo por sus convicciones religiosas, como cristianos, fueron acusados de lesa majestad). Estas libertades se delinean en la Constitución de la posguerra sin cualificación.


  • Libertad: La Constitución afirma el derecho del pueblo "a ser respetados como individuos" y sujetos al "bienestar público", a "la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad" (Artículo 13).
  • Igualdad: La Constitución garantiza la igualdad ante la ley y prohíbe la discriminación basada en las "relaciones políticas, económica o sociales" o por "raza, credo, sexo, condición social u origen familiar" (artículo 14). El derecho de voto no puede ser denegado por motivos de "raza, credo, sexo, condición social, origen familiar, educación, bienes o ingresos" (artículo 44). La igualdad entre los sexos, introducida en la Constitución por la única mujer que participó en su redacción, Beate Sirota Gordon,  está garantizada explícitamente en relación con el matrimonio (artículo 24) y la educación infantil (artículo 26).
  • Prohibición de la nobleza: El artículo 14 prohíbe al Estado reconocer a la nobleza. Pueden ser conferidas distinciones, pero estas no debe ser hereditarias o conceder privilegios especiales.
  • Elecciones democráticas: El artículo 15 establece que "el pueblo tiene el derecho inalienable de elegir a sus funcionarios públicos y de despedirlos". Garantiza el sufragio universal de los adultos (en Japón, las personas mayores de 20 años de edad) y el voto secreto.
  • Prohibición de la esclavitud: Garantizada por el artículo 18. La servidumbre involuntaria solo se permite como castigo por un crimen.
  • Libertad de culto: Si bien no se menciona una religión oficial, se prohíbe al Estado otorgar privilegios o autoridad política a alguna religión o la realización de la educación religiosa (artículo 20).
  • Libertad de asociaciónreuniónexpresión y de secreto de las comunicaciones: Todas garantizadas sin reserva por el artículo 21 que prohíbe la censura.
  • Derechos laborales: El trabajo es declarado tanto un derecho como una obligación por el artículo 27, que también afirma que "las normas de los salarios, horas de descanso y demás condiciones laborales deben ser fijados por ley" y que los niños no serán explotados. Los trabajadores tienen derecho a participar en un sindicato (artículo 28).
  • Derecho a la propiedad: Garantizado sujeto al "bienestar público". El Estado puede tomar la propiedad para uso público si se paga una justa indemnización (artículo 29). El Estado también tiene el derecho a recaudar impuestos (artículo 30).
  • Derecho a un debido proceso: El artículo 31 dispone que nadie puede ser castigado, "salvo de conformidad con el procedimiento establecido por ley".
  • Protección contra la detención ilegal: El artículo 33 establece que nadie puede ser detenido sin una orden de detención, salvo en caso de que sean capturados en delito flagrante. El artículo 34 garantiza el habeas corpus, el derecho a un abogado y el derecho a ser informado de los cargos. El artículo 40 consagra el derecho a demandar al Estado por detención ilegal.
  • Derecho a un juicio justo: El artículo 37 garantiza el derecho a un juicio público ante un tribunal imparcial con un abogado para la defensa y el acceso obligado a los testigos.
  • Protección contra la auto-incriminación: El artículo 38 dispone que nadie podrá ser obligado a declarar contra sí mismo, que las confesiones obtenidas bajo coacción no son admisibles y que nadie puede ser condenado únicamente sobre la base de su propia confesión.





Fuente: Wikipedia

Espero que os haya gustado....
Ja ne!!!

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